LA LEY ORGÁNICA DE DUCACIÓN ( L.O.E. ), LA QUINTA LEY DE EDUCACIÓN EN ESPAÑA. ¿ Una ley más o una ley diferente ?.

Nuestro sistema educativo se ha ido asentando sobre leyes que se han caracterizado por una apertura a las necesidades y cambios sociales de cada tiempo.

La ley Moyano, la Ley de Instrucción Pública de 1857 constituyó la consolidación legal del sistema educativo liberal español. Se implantaron los principios de gratuidad relativa para la enseñanza primaria, uniformidad, secularización y libertad de enseñanza limitada. Desde 1857 hasta 1970 no hubo otra ley hasta 1970.

La Ley General de Educación ( L.G.E. 1970 ), también llamada Ley de Villar Palasí por el nombre del ministro encargado de su elaboración y puesta en marcha. Sus principales medidas son la gratuidad y obligatoriedad para los alumnos de de 6 a 14 años ( E.G.B. ), se suprimió la distinción entre ciencia y letras en el bachillerato y se consagró la autonomía universitaria. Fue una ley importante de gran transcendencia social para los tiempos que corrían, aún en plena dictadura.

La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo ( 1990 ), la llamada LOGSE retoma los principios de la Institución Libre de Eneseñanza como: la educación integral del alumno ( esto implicaba no solo dar al alumno contenidos conceptuales, sino que además procedimiento y sobre todos actitudes con “ c “ ), el desarrollo del espíritu crítico y la creatividad y la metodología activa. Entre sus medidas destaca la educación infantil de 0 a 6 años con carácter educativo ( no asistencial como hasta ese momento ), se amplía la educación obligatoria hasta los 16 años, aparece el Bachillerato ( cuatro modalidades ) de dos cursos de duración con materias comunes y optativas y la Formación profesional de grado medio y superior. Desde mi punto de vista es la ley que más ha aportado a la educación desde el campo de la psicología, pedagogía y sociología.

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación del 2002 ( LOCE ), esta ley de corta duración destaca por: la educación infantil se convierte en dos tramos, preescolar e infantil, siendo el primero de carácter asistencial, en Primaria hay pocos cambios, aparece la terminología de la cultura del esfuerzo y la responsabilidad, se crean los itinerarios educativos para los alumnos y en el Bachillerato se reconocen tres modalidades, artes, ciencia y tecnología y humanidades y ciencias sociales. Es una ley que retrocede en aspectos importantes de la psicopedagogía y , desde mi punto de vista, sólo me quedaría con la importancia que da al esfuerzo y a la responsabilidad. Hay grandes incoherencias en sus planteamientos.

Por último, LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN ( L.O.E. ). No es fácil resumir sus características más representativas, valorarlas o hacer algunas previsiones de lo que puede llegar a representar. Pero sus principios fundamentales recogidos en el preámbulo de la ley y en su articulado se pueden resumir en tres ejes:
• La exigencia de de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos en todos los niveles del sistema educativo. Esto implica que la educación debe ser un instrumento compensador de las desigualdades sociales, económicas y culturales, un medio para avanzar hacia una sociedad más justa y un mecanismo de cohesión e integración social.
• El segundo principio consiste en “ la necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para conseguir ese objetivo tan ambicioso. Junto al esfuerzo del alumno es necesario considerar el esfuerzo de los padres y las madres, el profesorado, de la administración educativa y de la sociedad en general. El esfuerzo del alumno se produce en función de la motivación y el interés y estos tienen que ser reforzados por la familia y los profesores.
• El tercer gran eje es el compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años. Esto supone asegurar el éxito escolar de todos los alumnos en la educación básica, reforzar la equidad educativa ( que todos pueda aprender en fundón de sus posibilidades ), fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida y conseguir que la mayoría de los alumnos continúen estudios postobligatorios.

Por tanto la LOE significa un claro avance hacia un modelo comprensivo y de escuela inclusiva, donde tengan cabida todos los alumnos y a todos los alumnos se les de una respuesta adecuada y de acuerdo a sus posibilidades, intereses y capacidades. Pero, como crítica le pondría que en toda la ley no se recoge como favorecer el desarrollo de prácticas inclusivas. Y es en esa falta de concreción donde la ley establece sus límites y y abre las puertas de la ambigüedad.

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