LA ESCUELA ÚNICA EN ESPAÑA

Luzuriaga en 1914 dio a conocer en España el movimiento europeo de Escuela Única a través de las revistas profesionales La Escuela Moderna y Boletín de la Inspección de Primera Enseñanza. Se considera como antecedente de la Escuela Única la experiencia educativa llevada a cabo por la Institución Libre de Enseñanza. ( continuidad desde el kindergarten a los grados superiores, no hay diferencias del profesorado de los párvulos al de los universitarios, ni entre los alumnos por su posición social o económica, la separación de los sexos estaba excluida en este centro, no existía diferencias confesionales en la educación religiosa )

En 1918, el Partido Socialista Español acogió y aprobó la ponencia presentada por Lorenzo Luzuriaga sobre la Escuela Nueva de Madrid. En dicha ponencia se afirmaba:
- La enseñanza será gratuita, alejada de todo dogmatismo político y religioso, y obligatoria para los niños y niñas comprendidos entre 6 y 14 años.
- La coeducación se establecerá en todas las escuelas primarias.
- Toda separación por motivos económicos, sociales y religiosos será alejada de la educación primaria.
- Habrá de suprimirse la separación entre la primera y segunda enseñanza.
- Al terminar la primaria, no antes de los catorce años, proseguirán su formación hasta los 18 años en dos tipos de instituciones, a) las escuelas de segunda enseñan y b) las escuelas profesionales de perfeccionamiento. Todas estas instituciones serán gratuitas y provistas de becas y ayudas para los no pudientes.
- Cuerpo único de enseñantes, diferenciándose sólo por la especialidad a que se dedique.
- Para su formación se creará la Facultad de Pedagogía con instituciones escolares anexas para las prácticas.
- La remuneración del personal será la misma diferenciándose sólo por su antigüedad.

Con la proclamación de la República en España casi todos los partidos políticos incluyeron el principio de la Escuela Única en sus programas. El Decreto del 6 de Mayo de 1931 dispone:
1) La instrucción religiosa no será obligatoria en las escuelas primarias en ningún centro dependiente del Ministerio de Instrucción Pública.
2) Los alumnos, cuyos padres signifiquen el deseo de que aquellos la reciban en las escuelas primarias la obtendrán en la misma forma que hasta la fecha.
3) En los casos de que el maestro declare su deseo de no dar esta enseñanza, se la confiará a los sacerdotes que voluntaria y gratuitamente quieran encargarse de ella en horas fijadas de acuerdo con el maestro.
El ministro Domingo anunciaba el propósito del gobierno provisional de llegar a implantar en España la Escuela Única.

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